Cada vez es más común trabajar como empleados por cuenta ajena y a la vez tener actividades como autónomos. La pluriactividad de los autónomos se refiere a esto mismo, a quienes cotizan en la seguridad Social por cuenta propia (su negocio) y como trabajador por cuenta ajena. No hay que confundir este concepto con pluriempleo, pues esto se refiere a quienes trabajan en más de un puesto pero está bajo el mismo régimen en la Seguridad Social.
Pluriactividad en autónomos: Obligaciones fiscales
Existe la duda sobre la legalidad y permisión de la pluriactividad. Está permitido, aunque hay que cumplir las siguientes obligaciones fiscales:
- Pagar la cuota de autónomos mensualmente.
- Presentar en la declaración de la Renta anual el IRPF normal y el de autónomos.
- Entregar la autoliquidación del IVA de manera trimestral y anualmente.
En cuanto a las dificultades con las cuales se encuentra un autónomo pluriactivo, está la doble cotización en la Seguridad Social.
Sin embargo, la Ley de Emprendedores encontró la solución para los nuevos autónomos pluriactivos que se den de alta en el RETA, en una serie de bonificaciones que reducen la base de cotización durante 36 meses. Los primeros dieciocho meses de alta cotizarán el 50% de la base mínima de cotización (446’62€), y los dieciocho siguientes una bonificación del 25% (669’93€).
Por otro lado, aquellos autónomos que sean empleados de otros a tiempo parcial, los primeros dieciocho meses cotizarán por el 75% de la base mínima de cotización (669’93€) y los siguientes dieciocho, el 85% (759€).
La condición para disfrutar estos beneficios es que la persona cumpla el siguiente orden: ser contratado primero y estar dado de alta por cuenta ajena, y luego la persona debe darse de alta como autónomo y no a la inversa, pues así no disfrutará de dichas bonificaciones.
El autónomo pluriactivo puede elegir entre estas bonificaciones u otras como la tarifa plana de 50€. Al ser incompatibles, el autónomo deberá considerar qué clase le conviene más.
Por último, unos consejos para evitar dudas y problemas al aplicar la pluriactividad:
- El alta de autónomo no puede ir fuera de plazo.
- Pagar la cuota en en el momento exacto, ya que si hay algún impago la seguridad social te retirará las bonificaciones.
Todas tus dudas, cuestiones debes consultarlas en tu asesoría. En Esqué Asesoría no sólo aclaramos tus dudas, sino que estudiamos tu caso para recomendarte lo que es más conveniente para ti y así poder recibir el máximo de beneficio sin poner en riesgo tu actividad.